viernes, 19 de junio de 2015

Subsidios

Los subsidios son asistencias o incentivos en dinero o especie que otorga el Estado o Gobierno a determinadas personas beneficiadas, llámense personas naturales o físicas, entidades u organizaciones sin fines de lucro y/o empresas.
No requieren de una contraprestación equivalente a lo recibido.
A cambio de esta asistencia, estas personas beneficiadas deben realizar una actividad o verificar una conducta particular.




Estos son los subsidios no reintegrables, que son la mayoría. Sin embargo, también existen los subsidios reintegrables, esto es, aquellos que precisan del beneficiario la acreditación de la actividad encomendada por el Estado, además de acreditar también la devolución de los fondos que le fueron concedidos para tal fin.

Es importante recalcar que la concesión del beneficio sin recibir compensación equivalente está condicionada a la realización de esa actividad o comportamiento, que es el objeto del subsidio. Por ello, la comprobación de del cumplimiento de esa condición se verificará con el estudio de la rendición de cuentas que el beneficiario deberá hacer.

En Argentina, los organismos de control externo que controlan los subsidios directos se ocuparán de aquellos que estén reflejados en el presupuesto y que se originen en un acto administrativo emitido por el Ejecutivo.
La concesión de los subsidios que figuran en el presupuesto constituyen una facultad discrecional del Ejecutivo, siendo sólo la función del Tribunal de Cuentas intervenir en el proceso de rendición de cuentas.

Los subsidios otorgados más comunes son:
- Subsidios a personas físicas.
- Subsidios a Entidades.
- Subsidios a Empresas.